“Bajo en gluten” o “muy bajo en gluten” no es apto para celiacos/as
Si padeces enfermedad celiaca sabrás que debes seguir una dieta estricta sin gluten, es decir, consumir productos que en su composición estén libres de gluten y que tampoco hayan estado en contacto cruzado con el mismo.
Sin embargo, a veces encontramos en el mercado productos que nos pueden hacer dudar sobre si son aptos o no para personas celiacas. Concretamente nos referimos a los productos etiquetados como “muy bajo en gluten” o “bajo en gluten”.
Según el Reglamento Europeo (UE) Nº 828/2014, la mención “muy bajo en gluten” solamente podrá utilizarse cuando un alimento que consista en trigo, centeno, cebada, avena o sus variedades híbridas, o que contenga uno o más ingredientes hechos a partir de estos cereales, haya sido procesado específicamente para reducir su contenido de gluten hasta contener entre 20 y 100 mg/kg en su composición tal como se vende al consumidor final.
Este mismo Reglamento establece también el límite permitido para productos que llevan la mención sin gluten en menos de 20 mg/kg.
Teniendo en consideración ambas menciones establecidas legalmente, podemos resumir que: un producto sin gluten es aquel que no contiene más de 20 mg/kg de gluten, por lo que, todo aquel producto etiquetado como “muy bajo en gluten” no será apto para una persona con enfermedad celiaca.
Por lo tanto, el colectivo celiaco no debe consumir productos etiquetados con la declaración “muy bajo en gluten”, a pesar de que vayan acompañados de alguna de las siguientes alegaciones que conlleven a confusión: “Adecuado para las personas con intolerancia al gluten”, “Adecuado para celiacos”, “Elaborado específicamente para personas con intolerancia al gluten” o “Elaborado específicamente para celiacos”.
Recuerda que la única mención válida para garantizar la seguridad alimentaria en las personas celiacas es la mención SIN GLUTEN.
¿Por qué existe el límite de 20 ppm para los productos sin gluten?
Imagen: freepik
Autor: FACE
Más información: celiacos.org
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